Tomo XXVI - Ley sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco (1997)
Adrián Celaya Ibarra - Profesor emérito de la Univ. de Deusto
Section: Sección segunda. Ámbito personal
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Id. vLex: VLEX-261697
I. Oportunidad del artículo 13.-II. Aplicación de la norma.
Los vizcaínos no aforados podrán testar mancomunadamente y por comisario, con arreglo a las disposiciones de este Fuero.
Artículo 13
I. OPORTUNIDAD DEL ARTÍCULO 13
Como he venido exponiendo, en Bizkaia no nos ha preocupado tanto como en otros territorios forales la extensión que debía darse al contenido del Derecho civil foral, pues nos basta con la referencia al Fuero y a sus principios inspiradores. En cambio, es un punto crucial la competencia para poder engarzar las dos legislaciones vigentes, definiendo su extensión territorial,...
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