Tomo XXVI - Ley sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco (1997)
Adrián Celaya Ibarra - Profesor emérito de la Univ. de Deusto
Section: Título II. De la troncalidad
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Id. vLex: VLEX-261703
I. Elemento real.-II. Bienes raíces: 1. Derechos reales que sobre ellos recaen. 2. El suelo y lo que se edifica, planta o siembra. 3. Las sepulturas en las iglesias.-III. Sitos en el Infanzonado o Tierra Llana.-IV. Bienes troncales por subrogación.
A los efectos de la troncalidad son bienes raíces la propiedad y demás derechos reales de disfrute que recaigan sobre:
1. El suelo y todo lo que sobre el mismo se edifica, planta y si...Artículo 19
I. ELEMENTO REAL
Este artículo regula lo que hemos llamado elemento o requisito real de la troncalidad que, de hecho, se desdobla en otros dos: que se trate de un bien raíz y que esté sito en el Infanzonado o Tierra Llana. Pienso que la ley debiera haber tratado en primer término el elemento personal o subjetivo, pero el orden de la Compilación imponía cierta inercia. El artículo 19 regula lo que he llamado elemento objetivo o real de la troncalidad, que nos obliga a considerar las dos circunstancias que hacen que una fínca pueda ser cons...
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