Tomo XXVI - Ley sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco (1997)
Adrián Celaya Ibarra - Profesor emérito de la Univ. de Deusto
Section: Sección tercera. Del poder testatorio y del testamento por comisario
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http://vlex.com/vid/articulo-40-261730
Id. vLex: VLEX-261730
Mientras no se defiera la sucesión y la herencia sea aceptada será representante y administrador del caudal la persona que el testador hubiere designado en su testamento, con las facultades que le ...
Artículo 40
La situación de los bienes relictos, desde que fallece el testador hasta que el comisario hace uso del poder, ha preocupado a cuantos se han ocupado del Derecho civil vizcaíno. En el caso más común, que es el del cónyuge designado comisario, es precisamente cuando el viudo disfruta de su condición de heredero «poderoso», que admi...
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