Appeal nº 889/2005, Reporting Judge ANGEL NOVOA FERNANDEZ
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Id. vLex: VLEX-26228548
"RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN. FALLECIMIENTO. PRETIUM DOLORIS. CUANTIFICACIÓN. DESESTIMACIÓN. Se interpone el presente recurso Contencioso-Administrativo contra la resolución del Ministerio de Defensa, por la que se reconocía una indemnización a cada uno de ellos, por responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada del fallecimiento de su hija . El Tribunal entiende que no cabe la menor duda de que los baremos de la Ley del Seguro Privado, son orientativos y no vinculantes para la Sala. A estos efectos esta misma Sala ha venido en sentencias precedentes centrando el esfuerzo reparador en los daños morales o ""pretium doloris"", tal y como también se hace por el actor en la demanda y ha asumido el Tribunal Supremo en, por ejemplo, sentencia de 17 de Abril de 1.998. El ""pretium doloris"" es un concepto que reviste una categoría propia e independiente de las demás, y comprende tanto el daño moral como los sufrimientos físicos y psíquicos padecidos por los perjudicados. En el caso de autos, no procede aumento alguno de las cantidades reconocidas por la Administración ya que no se han acreditado especiales circunstancias que aconsejansen el mismo, y sin que los precedentes jurisprudenciales citados vinculen a la Sección, pues cada uno de ellos se ampara en circunstancias específicas propias del mismo, con independencia de que coincida la relación padres-hija. Por lo que se desestima la demanda de los demandantes."

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 139
Jurisdicción contencioso-administrativa
Disposiciones comunes
Costas procesales
Responsabilidad de la Administración
Demandado
Case of Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, of January 17, 2007
ANGEL NOVOA FERNANDEZ FERNANDO DE MATEO MENENDEZ MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE LUCIA ACIN AGUADO FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO
SENTENCIA Madrid, a diecisiete de enero de dos mil siete. Vistos por la Sección Quint...
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