Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1103/2006, of June 30, 2006

Tribunales Superiores de Justicia

Appeal nº 435/2003, Reporting Judge BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA
Case Law No.1103/2006
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Id. vLex: VLEX-26238689

Summary:

"RECURSO ADMINISTRATIVO. MARCAS Y PATENTES. CONCESIÓN DE MARCAS. REGISTRACIÓN DE MARCAS. Se interpone recurso administrativo contra la contra la resolución dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 20 de abril de 2001, confirmada en vía administrativa mediante resolución de fecha 31 de octubre de 2002, por las que conceden a D. Gregorio la inscripción de la marca nº 2.327.054, denominada ""LA QUINCENA DE..."" para amparar productos de la clase 16 tales como periódicos. Comparando en conjunto las marcas enfrentadas, pero haciendo omisión del fonema QUINCENA, resulta que esta Sala aprecia importantes diferencias fonéticas que impiden que se cause confusión al consumidor de tales productos. Mas aun cuando la marca oponente tiene un mercado consumidor que identifica sin dificultad los productos que proceden de dicha entidad, sin que pueda causarse confusión en cuanto al origen empresarial de los periódicos que pretende proteger la marca solicitante cuya salida al mercado es de carácter quincenal. Por ello puede concluirse que entre las marcas enfrentadas existen importantes diferencias fonéticas que impide que se cause confusión al consumidor de los servicios que amparan. Finalmente, debemos rechazar la vulneración del articulo 13,c) de la Ley de Marcas ya que las diferencias que presentan los distintivos enfrentados evitan el riesgo de aprovechamiento indebido de la reputación del signo previamente registrado. Ello sin perjuicio de que sea la Jurisdicción Civil quien examine si efectivamente la marca solicitante con la denominación propuesta puede incurrir en violación de marca, competencia desleal y publicidad ilícita. Por tanto, examinadas en conjunto las marcas enfrentadas se aprecian importantes diferencias fonéticas entre ellas por lo que no es posible asociar entre si las marcas contrapuestas y, por tanto, no se causa confusión entre los usuarios de los productos que amparan dichas marcas. Se desestima el recurso contencioso administrativo."

Headnotes:

Administración
Administración

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1103/2006, of June 30, 2006

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01103/2006

S E N T E N C I A N° 1.103

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTR...

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