Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 1517/2003, Reporting Judge JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
Case Law No.84/2006
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Id. vLex: VLEX-26242030
"EXPULSIÓN. CADUCIDAD. Si bien la petición de que la Administración declare la caducidad producida, tiene su causa de la incoación de un expediente de expulsión no resuelto en el plazo establecido a tal efecto, no es dicho acuerdo de incoación el acto administrativo propiamente impugnado. La caducidad del expediente de expulsión es un efecto producido ""ope legis"" por el mero transcurso del tiempo fijado legalmente para su resolución, por lo que la Administración, producida ésta, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 98 del Reglamento de la Ley de Extranjería, tiene la obligación de así declararlo. Se estima el recurso Contencioso Administrativo. "

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículos 62 , 139
Jurisdicción contencioso-administrativa
Disposiciones comunes
Costas procesales
Extranjeros
Jurisdicción contencioso-administrativa
Procedimiento Contencioso-Administrativo
Primera instancia o única instancia
Vista y conclusiones
Potestad sancionadora
Caducidad
Silencio administrativo
Silencio administrativo
Extranjero
Expediente administrativo
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 84/2006, of January 17, 2006
JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO MARCIAL VIÑOLY PALOP
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00084/2006 RECURSO Nº 1.517/20...
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