Appeal nº 97/2006, Reporting Judge ENRIQUE LECUMBERRI MARTI
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Id. vLex: VLEX-26243936
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RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. ANORMAL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN EN ASISTENCIA SANITARIA. Se reclama contra la sentencia que dictó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Segunda, que estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo deducido contra la resolución dictada por el Conseller de Sanidad y Seguridad Social desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada en reclamación de daños y perjuicios ocasionados al recurrente con motivo de la asistencia que se le prestó en el Hospital Duran y Reynals de la Ciudad Sanitaria de Bellvitge. A la contradicción entre dos soluciones jurídicas recaídas en un supuesto idéntico no sólo en los aspectos doctrinales o en la materia considerada sino también en los sujetos que promovieron la pretensión y en los elementos de hecho que integran el presupuesto y el fundamento de ésta, pues debe apreciarse una incompatibilidad lógica entre ambos pronunciamientos, sin margen alguno de interpretación de normas diversas, de aplicación de las mismas sobre supuestos de hechos distintos o de diferente valoración de las pruebas que permita, independientemente del acierto de uno u otro pronunciamiento, justificar a priori la divergencia de la solución adoptada. No se hace lugar al recurso de casación.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 106
Ley 39/1980, de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. de 5 de julio, de bases sobre procedimiento económico-administrativo. - Artículos 96 , 139
Administración Estatal
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of December 22, 2006
JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ ENRIQUE LECUMBERRI MARTI AGUSTIN PUENTE PRIETO OCTAVIO JUAN HERRERO PINA MARGARITA ROBLES FERNANDEZ
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil seis. Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Sexta, el recurso de casación para la unificación de doctrina número 97/2006, que ante la misma pende de resolución, interpuesto por el Institut Català de la Salut contra la sentencia que dictó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Segunda, de fecha 18 de julio de 2005 -recaída en l...
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