Tomo XXXII, Vol 1º: Articulos 1 a 99. Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia (1997)
Isabel Espin Alba - Profesora titular de Derecho civil
Section: Título II. De la casa y la veciña
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Id. vLex: VLEX-262571
Sumario: I. Orígenes de la institución.-II. Claves de la regulación en la Ley de Derecho Civil de Galicia.-III. Reflexión crítica respecto del valor actual de la regulación de la veci´ña.
Artículo 10
Los petrucios de una parroquia constituyen la veciña, que administra los bienes en mano común, según la costumbre o con arreglo a lo acordado por la mayoría. Que...COMMENT
Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia.
Artículos 10 al 13
I. ORÍGENES DE LA INSTITUCIÓN La veciña parece surgir en Galicia como una auténtica organización económica de carácter agrícola y forestal que permitía que los veciños de una parroquia disfrutaran colectivamente de la propiedad de ciertos bienes. Consiste en una verdadera asamblea comunitaria que, con criterios democráticos, dirige y administra los aprovechamientos agrícolas y forestales comunes2. Es el embrión de lo que es en la actualidad la administración de los montes vecinales en mano común3. La veciña se formaba en el seno de una par...
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