Tomo XXXII, Vol 1º: Articulos 1 a 99. Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia (1997)
Ángel Luis Rebolledo Varela - Catedrático de Derecho civil
Section: Sección IV. De las agras y los vilares
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http://vlex.com/vid/articulo-22-262580
Id. vLex: VLEX-262580
Artículo 22
Si no hubiese pacto o normas específicas de concentración parcelaria, el uso regirá el aprovechamiento y, en general, las relaciones jurídicas de los propietarios de la...COMMENT
Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho Civil de Galicia.
Artículo 22
Como novedad en relación con la regulación de la Compilación de 1963, se regula en ...
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