La recomendación conjunta de la Unión de París y la OMPI sobre licencias de marcas

Actas de Derecho Industrial y Derecho de Autor. Tomo XXI (2000) (2000)

Ángel García Vidal - Instituto de Derecho Industrial Universidad de Santiago de Compostela
Section: Crónica
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La recomendación conjunta de la Unión de París y la OMPI sobre licencias de marcas

I. PRELIMINAR

Uno de los últimos hitos en el proceso de armonización del Derecho de marcas lo constituye el Tratado sobre Derecho de Marcas aprobado el 27 de octubre de 1994 en la Conferencia Diplomática celebrada en Ginebra. En la elaboración de este Tratado desempeñaron un importante papel la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y la Unión de París para la protección de la propiedad industrial. De hecho, el punto de partida para la elaboración del Tratado fue la adopción por estos organismos, en 1987, de una propuesta del Director General de la OMPI para que se iniciaran los trabajos de armonización del Derecho de marcas (vid. J. A. Gómez Segade, «El Tratado sobre el Derecho de Marcas», ADI, XVI, 1994-1995, págs. 983 y sigs.). Aunque en un principio el objetivo era el de unificar tanto aspectos materiales como procedimentales del Derecho de marcas, el resultado final fue más limitado y en el Tratado sólo se produjo la armonización de las formalidades necesarias para registrar y mantener una marca (contenido y fecha de la solicitud de registro, registro único para productos o servicios pertenecientes a varias clases, etc.).

Pese a que el Tratado sobre Derecho de Marcas regula fundamentalmente aspectos procedimentales y formales, no atiende a los requisitos relativos a la constancia registral de las licencias de marcas. Es por ello que en el Programa de la OMPI para el bienio 1996-1997 se dispuso que la Oficina Internacional de la OMPI, con la ayuda de un comité de expertos, estudiaría la posibilidad de simplificar y armonizar las formalidades referentes al registro de licencias en los países en los que se exija ese registro. A...

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