Álvaro d'Ors Pérez-Peix - Catedrático de Derecho Romano
Section: Capítulo segundo. Del cumplimiento y extinción de las obligaciones
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http://vlex.com/vid/ley-497-263018
Id. vLex: VLEX-263018
Sumario: 1. Pago por tercero.-2. Pago con subrogación.-3. Diferencias con el Código civil.-4. Efecto ope legis.-5. Subrogación convencional.
LEY 497
Pago por terceros Cuando, por su naturaleza o por pacto, la obligación no requiera un cumplimiento personal del deudor, podrá ser cumplida por un te...Ley 497
1. g)1 Otra modalidad de pago, que se considera especialmente en esta ley, es la del pago realizado por una persona distinta del deudor, así como el derecho que en este caso tiene el tercero pagador. Como regla general, las obligaciones de «dar», que consisten en un resultado adquisitivo, pueden ser cumplidas por cualquier persona, incluso sin conocimiento del deudor, ya que el convenio que supone el pago por tercera persona es de ésta con...
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