Francisco Salinas Quijada - Doctor en Derecho. Abogado
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Id. vLex: VLEX-263225
Sumario: I. Pactos prohibidos: A) De no enajenar la finca. B) Pago de laudemio y caída en comiso. C) Pago anticipado de pensiones y el caso fortuito a cargo del censatario.-II. Pactos agregados.
LEY 543
La finca sujeta a censo consignativo podrá ser vendida sin pago de laudemio o luismo, y no caerá en comiso por falta de pago de la pensión, sin perjuicio de la acción perso...COMMENT
Ley 1/1973, de 1 de marzo, por la que se aprueba la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra, o Fuero Nuevo de Navarra -FNN-
Leyes 543 al 544
I. PACTOS PROHIBIDOS Tal y como se halla regulado el censo consignativo en la legislación foral de Navarra se establece un equilibrio entre las dos partes contratantes: censualista y censatario, que mantiene un sentido de equidad. Cualquier innovación que pudiera dejarse a la libertad de pacto, tal vez rompiera ese equilibrio irrogando una situación injusta para alguna de las partes. He ahí la explicación de que nuestro Fuero Nuevo, trayendo causa...
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