Tomo XXVII - Vol. 1º. Artículos 1 a 51 de la Compilación de Cataluña (1990)
JOSEP MARÍA PUIG SALELLAS - Notario de Barcelona
Section: Capítulo II. Las donaciones y otras disposiciones por razón de matrimonio
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/articulo-17-264428
Id. vLex: VLEX-264428
I. Consideración General.-II. Las donaciones excesivas.-III. Régimen de las donaciones de referencia.
ARTÍCULO 17
Son donaciones esponsálicas los regalos, obsequios o presentes de costumbre de uno de los esposos al otro en contemplación del matrimonio y los que, por tal motivo, les otor...Artículo 17
I. CONSIDERACIÓN GENERAL
El artículo se refiere a las donaciones esponsalicias y, a primera vista, podría pensarse que estamos en presencia pura y simplemente de las " sponsa-litiae largitates" del Derecho Romano. Pero no debe ser así. Tales liberalidades eran en Roma las que tenían lugar precisamente entre los esposos y, evidentemente, el alcance del precepto examinado es más amplio. Por otra parte, tampoco estamos en presencia de las donaciones " ante nuptias" , que derivan después a las " propter nuptias" , pues éstas, en definitiva, eran liberalidades íntimamente relacionadas con la dote, en consideración, en proporción y en garantía de la cual se otorgaban1. A mi criterio en el concepto del artículo 17 se comprenden las liberalidades esponsalicias al principio citadas, pero también todas ¡as donaciones hechas por...
If you are already a vLex customer, Access Here