Tomo XXXIII - Vol. 1º. Arts. 1 a 35 de la Compilación de Aragón y Ley de las Cortes. (1986)
José-Luis Merino Hernández - Notario
Section: Capítulo II. De los bienes de los menores
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Id. vLex: VLEX-264767
I. Introducción.-II. Propiedad y usufructo.-III. Atención a los gastos de crianza y educación.
Capítulo II de los bienes de los menores Propiedad y usufructo ARTICULO 11 * 1. El menor de edad tendrá la plena propiedad y, consiguientemente, ...
Artículo 11
I. Introducción
El Derecho aragonés compilado del presente siglo se ha caracterizado por mantener unas singularidades en la materia que nos ocupa, que le hacía distanciarse de gran parte de los Ordenamientos jurídicos modernos, y singularmente del Código civil. A este respecto, el Apéndice de 1925 vino a zanjar una cuestión que se había suscitado en la doctrina y en la Jurisprudencia, relativa a cuál debía de ser el sistema a seguir en Aragón en lo que concierne a las relaciones patrimoniales entre ascendientes y descendientes. Más concretamente, se dudaba de si en Aragón era o no más útil y conveniente seguir el sistema de las legislaciones de corte romano, y conceder la administración y el usufructo de los bienes de los menores a sus padres, o si, por el contrario, y en especial, por lo que se refiere al usufructo, la tradición imponía l...
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