Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 2871/2003, Reporting Judge CRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINA
Case Law No.1029/2006
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ABANDONO DE SERVICIO. En contestación a sus escritos se le ha venido comunicando en diversas ocasiones, que la sanción de separación es definitiva, y que no está sujeta a límite temporal. Se alude a que la rehabilitación es una medida discrecional que no está sujeta a plazo alguno. En concreto, respecto a la petición de 23 de julio de 2003, se contesta en fecha 29 de julio declarando no haber lugar a las peticiones. Se desestima el contencioso administrativo.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 118
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 248
Recurso de revisión
Procedimiento
Objeto
Abogado del Estado
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1029/2006, of July 04, 2006
JESUS CUDERO BLAS MARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCO CRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINA MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS
Recurso núm. 2871/03 Ponente Sra. Cristina Cadenas Cortina TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ...
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