Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 809/2002, Reporting Judge FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
Case Law No.796/2005
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Id. vLex: VLEX-26668413
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IMPUESTO DE SUCESIONES. LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES Y ADJUDICACIÓN DE LA HERENCIA. ADQUISICIÓN DE BIENES POR EL CÓNYUGE SUPÉRSTITE. CARÁCTER. Aunque la liquidación de la sociedad de gananciales coincida con el momento en que deben separarse los bienes de la masa hereditaria a efectos de su adjudicación, por haber fallecido el marido, ambos patrimonios, el de la masa hereditaria y el ganancial, constituyen instituciones jurídicas distintas y la disolución de la segunda puede no coincidir necesariamente en el tiempo con la adjudicación de la herencia, y la adjudicación al cónyuge supérstite de los bienes que le correspondan en la liquidación de la sociedad de gananciales es ajena al hecho imponible del Impuesto de Sucesiones, pues el cónyuge supérstite no adquiere los bienes que le correspondan en la disolución de los gananciales como sucesor del cónyuge difunto sino como cotitular de la sociedad que se extingue. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 139
Código Civil. - Artículos 1051 , 1392
Jurisdicción contencioso-administrativa
Disposiciones comunes
Costas procesales
Administración General del Estado
Contribuyente
División de la herencia
Derechos de los coherederos
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 796/2005, of September 16, 2005
ALFONSO SABAN GODOY MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ GERVASIO MARTIN MARTIN FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00796/2005 LETRADA Sra. GONZÁLEZ PRIEGO A del E Proc. Dª Isabel SOBERON DE ENTERRIA TRIBUN...
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