Appeal nº 2224/2002, Reporting Judge JUAN GONZALO MARTINEZ MICO
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/26670249
Id. vLex: VLEX-26670249
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)
IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES. DEVENGO. INSTITUCIÓN DE USUFRUCTO TESTAMENTARIO. Se impugnan liquidaciones giradas por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sólo cuando concurran las condiciones subjetivas y temporales previstas por el causante (existencia de los designados para adquirir la plena propiedad en el momento del fallecimiento de la usufructuaria), será cuando se entenderá devengado el tributo de referencia, pues sólo entonces se realiza el hecho imponible poniéndose de manifiesto la riqueza gravable. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima el recurso de casación.

Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. - Artículos 24 , 57
Abogado del Estado
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of February 01, 2007
RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO MANUEL VICENTE GARZON HERRERO JUAN GONZALO MARTINEZ MICO EMILIO FRIAS PONCE MANUEL MARTIN TIMON JAIME ROUANET MOSCARDO
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a uno de Febrero de dos mil siete. Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal Supremo, constituida por los Excmos. Sres. Magistrados anotados al margen, el presente recurso de casación num. 2224/2002 interpuesto por Dª Amanda, representada por Procurador y dirigida por Letrado, contra la sentencia dictada, con fecha 31 de enero de 2002, por la Sala de lo Contencioso- Administrativo, Sección Segunda, de la Audiencia Nacional en el recurso de dicho orden jurisdiccional seguido ante la misma bajo el num. 431/1998 en materia de liquidaciones por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Ha comparecido como parte recurrida el Abogado del Estado, en la representación que le es propia, y Dª Julieta, representada por Procuradora y asistida de Letrado. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 24 de enero de 1992, Dª Amanda presentó en la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación en Madrid de la A.E.A.T. un documento privado en el que manifestaba: 1) Que el 3 de diciembre de 1961 había fallecido Dª Constanza, bajo testamento en el que había legado el usufru...
If you are already a vLex customer, Access Here