Derecho Inmobiliario y Registral (2007)
Manuel Faus - Notario
Section: Préstamos e hipotecas mobiliarias y inmobilarias
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Id. vLex: VLEX-268202
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Modelo de una Hipoteca que se formaliza entre particulares en garantía de cualquier deuda. Reconocimiento de deuda y Doctrina de la D.G.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 681
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 109 , 110 , 111 , 112 , 129
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículo 234
Decreto de 2 de junio de 1944, por el que se aprueba el Reglamento de organización y régimen del Notariado en materia de ingreso en el Cuerpo de Notarios. (Reglamento Notarial). - Artículos 196 , 249
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. - Artículo 65
Hipoteca inmobiliaria
1.- Título: Hipoteca inmobiliaria entre particulares, en garantía de deudas o préstamos con interés variable referencia IRPH o EURIBOR.
NUMERO
En *, a *. ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *. COMPARECEN: De una parte: (parte deudora) Don *, mayor de edad, * vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *. Y de otra: ((parte acreedora) Don *, mayor de edad, * vecino de *, con domicilio en *. Exhibe DNI/NIF número *. Intervienen en nombre propio. (O EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE ..) De vecindad civil *. (En caso de casados, deberá expresarse su régimen económico matrimonial) Intervienen en nombre propio. Les identifico por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con los de Identificación Fiscal; tienen, a mi juicio, capacidad legal y legitimación para otorgar esta escritura de reconocimiento de deuda (o de préstamo) con garantía hipotecaria, y al efecto, E X P O N E N: I.- Que * es dueño en pleno dominio de las fincas que se reseñan al final de la presente escritura y que se encuentran libres de cargas, arrendamientos, ocupantes o cualquier otro gravamen. II.- Que * reconoce adeudar, por razones comerciales (o en concepto de préstamo que se reconoce recibido con anterioridad o recibe en este acto en efectivo o mediante cheque, ingreso, etc.) a la Sociedad * la cantidad de * Euros. (Atención: Identificación del medio de pago, conforme a lo dispuesto por la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal). CLAUSULAS: PRIMERA. Deuda.- Don * reconoce, por tanto, adeudar por el concepto expresado a Don * la cantidad indicada de * Euros.. SEGUNDA.- La deuda deberá ser satisfecha mediante * cuotas, comprensivas de capital e intereses, que serán satisfechas el último día hábil de cada mes, teniendo lugar el primer vencimiento el día *, y coincidiendo el último con la fecha de vencimiento del préstamo. Todos los pagos que corresponda realizar a la parte ...
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