Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Boletín Oficial del Estado, September 02, 2005 (Nbr. 210)

I - Disposiciones Generales - Ministerio de Economia y Hacienda
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Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion.

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Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

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Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

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Orden EHA/4078/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan determinados artículos del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Citations:

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 688

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículo 145

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 125 , 305

Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículo 26

Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. - Artículos 56 , 108

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las Disposiciones legales vigentes sobre la Materia. de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las Disposiciones legales vigentes sobre la Materia.

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. de 26 de noviembre, General Presupuestaria. - Artículo 10

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. de 17 de diciembre, General Tributaria. - Artículos 26 , 33 , 40 , 42 , 45 , 62 , 63 , 65 , 72 , 76 , 77 , 78 , 81 , 82 , 92 , 93 , 94 , 95 , 97 , 135 , 142 , 146 , 161 , 165 , 167 , 169 , 170 , 172 , 174 , 175 , 176 , 177 , 221

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Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ha introducido el concepto de aplicación de los tributos en la regulación del sistema tributario, concepto amplio que engloba todas las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia a los obligados tributarios, la gestión, inspección y recaudación y las actuaciones de los obligados en el ejercicio de sus derechos o en el cumplimiento de sus obligaciones. El título III de la ley, dedicado a la aplicación de los tributos, regula los procedimientos de gestión, inspección y recaudación. Por ello, contiene una parte común que incluye los principios generales y las normas comunes aplicables a todos los procedimientos tributarios y una parte especial donde se regulan las especialidades de los procedimientos de gestión, inspección y recaudación. El artículo 97 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, al establecer el sistema de prelación de normas que debe aplicarse en las actuaciones y procedimientos tributarios señala la prelación de la norma especial, tanto legal como reglamentaria, respecto de la general y la supletoriedad de las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos.

De acuerdo con dichas premisas, el Reglamento General de Recaudación aprobado por este Real Decreto va a regular la materia específica del procedimiento de recaudación, sin perjuicio de la aplicación directa a dicho procedimiento de los preceptos reglamentarios dictados en desarrollo de las normas comunes sobre procedimientos tributarios contenidas en el título III de la ley, por su carácter especial respecto de las normas generales de derecho administrativo.

Por otro lado, el Reglamento General de Recaudación tiene, desde el punto de vista material, un ámbito de aplicación más amplio que el contenido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, puesto que no se circunscribe al cobro de las deudas y sanciones tributarias, sino también al de los demás recursos de naturaleza pública, tal y como ocurría con el reglamento hasta ahora vigente.

Desde un punto de vista subjetivo, el Reglamento General de Recaudación no afecta sólo al ámbito del Estado, sino que también se aplicará por otras Administraciones tributarias en virtud de lo establecido en el artículo 1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

II

La nueva Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, incluye una nueva sistemática de las normas reguladoras de la gestión recaudatoria, incorporando algunos preceptos de especial relevancia contenidos en el Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre. Esta nueva sistemática ha hecho necesario que la revisión del citado reglamento cumpla el objetivo de conseguir un texto que contenga los cambios introducidos en el ámbito de la recaudación, omita los preceptos que han sido incluidos en el texto legal y regule las cuestiones necesarias para llevar a cabo una adecuada gestión recaudatoria de los recursos e ingresos de naturaleza pública, adaptándola a las nuevas tecnologías. En el nuevo reglamento se han efectuado algunos cambios en la estructura respecto al reglamento derogado en orden a mejorar la sistemática de sus preceptos y a adaptarlo a la nueva Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

III

En el título I, Disposiciones generales, se incluyen dos capítulos, uno dedicado a la gestión recaudatoria y otro dedicado a los ingresos derivados de la gestión recaudatoria.

El capítulo I incluye a su vez cuatro secciones. En la sección I se define el ámbito de aplicación del reglamento y el concepto de gestión recaudatoria, cuestiones de especial importancia desde un punto de vista material y subjetivo como se ha señalado anteriormente.

La sección II establece reglas para la recaudación de los recursos de naturaleza pública por las distintas Administraciones y en ella se pone de manifiesto el primero de los cambios de estructura en el nuevo reglamento, ya que en dicha sección se incluye no sólo la regulación de la Hacienda pública estatal, autonómica y local, sino también las normas relativas a los organismos autónomos del Estado y las normas sobre recaudación de recursos de otras Administraciones públicas extranjeras y entidades supranacionales que en el anterior reglamento se recogían en la parte final del texto. Respecto a los órganos de recaudación, el texto del reglamento ha evitado en esta sección, y en el resto del articulado, la mención a órganos concretos, para poner el acento en la función y no en el órgano que la realiza y conseguir, de esta forma, una mayor flexibilidad frente a futuros cambios de organización. Debe tenerse en cuenta, además, que el reglamento se aplica a distintas Administraciones tributarias, y que estas tienen facultades de organización autónomas que desarrollan en normas de d...

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