Los procedimientos civiles (2006)
Section: Administración para pago.
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Id. vLex: VLEX-271356
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C770. PIDE CAMBIO DE DEPOSITARIO. LEC arts. 626.3 y 4.
Como resultado de la diligencia de embargo obrante en autos, fueron embargados, entre otros bienes, enseres y electrodomésticos de los que es propietario el ejecutado, habiendo sido designado el mismo como depositario. Ahora bien, por no ofrecer suficientes garantías el actual depositario, dada la naturaleza de los bienes muebles embargados y la finalidad de la medida cautelar acordada, es procedente acordar el cambio de depositario. En efecto, los mencionados bienes muebles han quedado en poder del propio demandado, en calidad de depositario, que continúa usándolos, y ante el evidente detrimento de su valor que ello supone en relación con su uso, ha de estimarse fundado el temor de esta parte, en el sentido de que, de no removerse al ejecutado_depositario de su cargo, pueda quedar sin efecto su condena; es decir, que el que se cumpla o no lo mandado en su fallo firme quedaría en casos como el contemplado al arbitrio del ejecutado.Embargo
Ley de enjuiciamiento civil
C770. Pide cambio de depositario, LEC arts. 626.3 y 4
C770. PIDE CAMBIO DE DEPOSITARIO. LEC arts. 626.3 y 4.
* Art. 626. Depósito judicial. Nombramiento de depositario. " 3. Se nombrará deposit...
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