DGRN Direccion General de Registros y del Notariado
BOE, December 07, 2005
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Anotación preventiva de embargo del derecho de traspaso: Para poder inscribirla se precisa que previamente esté inscrito el contrato de arrendamiento. El acreedor puede solicitar que el Juez o Tribunal así acuerde la inscripción del arrendamiento cuando tuvieren o pudieren presentar los títulos necesarios al efecto.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 629 , 644 , 663 , 664
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 7 , 18 , 20 , 325 , 328
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Artículo 32
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículos 105 , 140 , 312
Resolución de 18 de octubre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Amador y Aranda, S.L.L.», contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 3, de Marbella, a practicar una anotación preventiva de embargo sobre derecho de traspaso.
Resolución de 18 de octubre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Amador y Aranda, S.L.L.», contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 3, de Marbella, a practicar una anotación preventiva de embargo sobre derecho de traspaso.
En el recurso in...
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