Actualidad Jurídica (Uría & Menéndez) - Nbr. 12, December 2005
Ismael Clemente Casas - Abogado
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Constitución Española de 1978. - Artículo 25
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 305 , 349
Código Civil. - Artículo 6
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 15 , 24
El fraude de ley tributaria no constituye delito fiscal porque no implica ocultación ni engaño: la sentencia del tribunal constitucional 120/2005 se opone a la tesis del tribunal supremo
El delito fiscal, ¿exige ocultación de datos fiscalmente relevantes o basta con no pagar? («Teoría del engaño» vs. «Teoría de la infracción de deber»)
«Defraude». Defraudar. Ése es el verbo que emplea el artículo 305 del Código Penal para describir la conducta típica del delito fiscal («El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública [...] eludiendo el pago de tributos [...]») Pero ¿qué significa defraudar? Si decimos que un contribuyente defrauda, ¿significa que no paga y además engaña a la Administración Tributaria (por ejemplo, ocultando sus bienes o declarando unos ingresos inferiores a los reales)? ¿O quizá un contribuyente defrauda, simplemente, dejando de pagar el tributo a que está obligado, aunque no engañe ni oculte, aunque haya facilitado a la Administración Tributaria todos los datos relevantes? Alrededor de esta pregunta gravitan actualmente gran parte de los problemas relacionados con la aplicación del delito fiscal en nuestro ordenamiento. Destacadamente, el tratamiento jurídico-penal de los supuestos de fraude de ley tributaria. La sentencia del Tribuna...
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