Appeal nº 212/2006, Reporting Judge BEATRIZ GRANDE PESQUERO
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Id. vLex: VLEX-28873546
FALTAS. LESIONES IMPRUDENTES. En el presente supuesto, asiste la razón al recurrente ya que el informe médico forense que consta en autos si bien es cierto se recoge periodo de curación no impeditivo para sus ocupaciones habituales, de lo que se deduce según el mismo y tras una interpretación literal, que todos eran impeditivos, por lo que se ha de aplicar el Baremo. Debiendo estimarse el recurso respecto de lo expuesto, mas no en cuanto al lucro cesante solicitado ya que la prueba documental aportada en el plenario, no es suficiente para acreditar esas ganancias que se han dejado de percibir sin otra corroboración demostrativa de lo en ello. En primera instancia se condenó a la acusada. En segunda instancia se estimó parcialmente la apelación.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículo 621
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 82
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 240 , 741 , 976
Faltas
Lesiones
Faltas
Lesionado
Lesiones
Case of Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª, of January 16, 2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
Sección 5ªRollo de Apelación nº 212/06Juicio de Faltas nº 553/06Juzgado de Instrucción nº 25 de BarcelonaSENTENCIA nº En Barcelona, a 16 de enero del año dos mil siete.VISTO por la Iltma. Sra. Magistrada de esta Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, Doña Beatriz Grande Pesquero, actuando como Tribunal unipersonal, el presente recurso de apelación contra la Sentencia de fecha 3 de julio de 2006 ...
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