Manual de Derecho Cooperativo (1993)
Primitivo Borjabad Gonzalo - Profesor Titular de la Universida de Lleida
Section: Derecho cooperativo general
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I. El estatuto jurídico del socio.- 1.1. El concepto de socio. -1.2. Clases de socios: a) por razón de su misma personalidad: a) persona física. - B) persona jurídica. - C) especial atención a las sociedades civiles y a las comunidades de bienes. - B) por razón de la actividad cooperativizada: a) socio usuario. - B) socio trabajador. - C) socio de trabajo. -1.3. Admisión del socio. -1.4. Baja del socio: a) baja voluntaria: a) justificada. - B) injustificada. - B) baja forzosa: a) obligatoria. - B) expulsión. - 1.5. Obligaciones del socio: a) de carácter general. - B) específicas. - C) singulares. - 1.6. Derechos del socio. - 1.7. El derecho de información.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 2166
Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. - Artículos 150 , 182
Ley 11/1986, de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad. de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad. - Artículo 79
Código Civil. - Artículos 317 , 322 , 323 , 392 , 406 , 589 , 1329 , 1665 , 1666 , 1667 , 1669 , 1670 , 1708
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículos 70 , 119
Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. de 2 de agosto, de Aguas. - Artículo 74
Ley 3/1987, de 2 de abril, general de Cooperativas. de 2 de abril, general de Cooperativas.
Ley 19/1989, de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea ( CEE ) en materia de sociedades. de 25 de julio, de Reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las Directivas de la Comunidad Económica Europea ( CEE ) en materia de sociedades.
El estatuto jurídico del socio
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I. EL ESTATUTO JURÍDICO DEL SOCIO. 1.1. El concepto de socio. Socio de una Cooperativa es, la persona física o jurídica, que bien por su condición de fundador, o por haber solicitado y obtenido su ingreso como miembro de la misma, permanece en ella, comprometido en la actividad cooperativizada y en su financiación, de acuerdo con las normas que contienen las Leyes, Estatutos Sociales, Reglamentos y demás disposiciones reguladoras de este tipo societario. Si ya no permanece comprometido en la entidad, habrá dejado de ser miembro de ella, y si permaneciendo, no está comprometido tanto en la actividad, o alguna de las actividades cooperativizadas, como en su financiación, será un socio excedente, o un asociado, según los casos y normas reguladoras, como ya veremos en su momento, pero en ningún caso será socio. Ha de quedar claro, pues que la Cooperativa puede tener diversas clases de miembros, de los que ahora entramos solamente en el estudio del más importante: el socio. 1.2. Clases de socios. A) Por razón de su misma personalidad. La «persona» puede ser definida jurídicamente como el ser capaz de derechos y obligaciones. En este sentido, tanto el hombre como ciertas organizaciones humanas, son personas. Nuestro Derecho establece distinción entre la persona natural o física y la persona jurídica. Pues bien, además de esta distinción es interesante saber que, al hablar de la condición de socio de una Cooperativa, hemos de tener en cuenta que existen algunas limitaciones para que unas u otras alcancen tal condición. a) Persona física: Persona física...
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