Appeal nº 450/2006, Reporting Judge JOSE RAFAEL PEDROSA LOPEZ
Case Law No.96/2007
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Id. vLex: VLEX-29071229
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DECLARACIÓN DE DOMINIO. DESLINDE. La existencia de un título de dominio a favor de la actora está ampliamente probado. Se requiere además la perfecta identificación de la cosa objeto de la acción. Al respecto la denunciada no discute la existencia de la finca pero si su extensión. Existe una finca real sobre el terreno con unos linderos perfectamente identificados que está siendo poseída desde tiempo inmemorial, con existencia de actos posesorios y de dominio efectuados por la familia propietaria y sus ancestros, por lo que no cabe llegar a otra conclusión que la acción declarativa debió prosperar como lo hizo y no lo debe la acción de deslinde ejercitada a través de la demanda reconvencional que requeriría una confusión de linderos que es inexistente. En primera instancia se estima la demanda y se desestima la reconvención. Se desestima la apelación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículos 394 , 398 , 458
Propietario
Deslinde y amojonamiento
Cuestiones generales
Posesión
Cuestiones generales
Case of Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª nº 96/2007, of February 07, 2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO
Sección 1ªSENTENCIA NÚMERO 96 ILMOS. SRES.PRESIDENTE:Dª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVARMAGISTRADOS:D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZD. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELOLugo, siete de febrero de dos mil siete.La Iltma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.° 450/2.006, dimanante del JuicioOrdinario n.° 24...
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