Case of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of March 27, 2007

Tribunal Supremo

Appeal nº 329/2006, Reporting Judge JOSE LUIS GILOLMO LOPEZ

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Id. vLex: VLEX-29566454

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Summary:

"RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. JUBILACIÓN PARCIAL. El art. 166 LGSS permite la ""jubilación parcial"" de los trabajadores, caracterizada porque el disfrute de la pensión de jubilación es compatible con un puesto de trabajo a tiempo parcial, tanto en el supuesto de asegurados que hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación, en cuyo caso no necesitan la celebración simultánea de un contrato de relevo; como en el supuesto de asegurados a los que falte menos de cinco años para alcanzar dicha edad, en cuyo caso sí es necesario el recurso a dicha modalidad contractual. El problema suscitado en el caso, se refiere al reconocimiento o no del derecho a acogerse a esta modalidad de acceso a la pensión de jubilación, con mantenimiento de empleo a tiempo parcial, a un asegurado que además de ostentar la condición de accionista minoritario del capital social de la empresa, pertenece a su Consejo de Administración y presta en ella sus servicios profesionales en calidad de Director Gerente. Ha estado afiliado al Régimen General de la Seguridad Social como asimilado a trabajador por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial y pretendió reducir en un 85% su jornada ordinaria de trabajo para acceder a la jubilación parcial, al mismo tiempo que la empresa formalizaba un contrato de relevo con otro trabajador. Dado el carácter mercantil y no laboral que el administrador mantiene con la sociedad no le es aplicable el art. 12 ET ni cabe su contratación a tiempo parcial; y además, no es concebible que pueda desarrollar su trabajo a tiempo parcial, dadas las complejas gestiones que encierra tal género de actividad. De modo que su alta en Seguridad Social deberá formalizarse a tiempo completo. Excepcionalmente la afiliación y alta a tiempo parcial, solo será posible en aquellos supuestos en que quede cumplidamente acreditado que el administrador presta sus servicios para varias empresas, puesto que entonces, no cabe exigirle su alta a tiempo completo en todas ellas; pero aun entonces, el conjunto de tiempos asegurados deberá alcanzar la jornada completa que en todo caso le es exigible. Se desestima el recurso."

Headnotes:

Instituto Nacional de la Seguridad Social
Jubilación
     Contributiva
          Jubilación parcial

Extract:

Case of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of March 27, 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil siete.

Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto en nombre y representación de D. Romeo, contra sentencia de fecha 25 de octubre de 2005 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el recurso nº 2525/2005, por la que se resuelve el recurso de suplicación interpuesto por el recurrente antes citado, contra la sentencia de fecha 3 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Castellón, en autos nº 778/04, seguidos por D. Romeo, frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre JUBILACION.

Ha comparecido ante esta Sala en concepto de recurrido el Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por D. Andrés Ramón Trillo García, Letrado de la Administración d...

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