Appeal nº 1779/2006, Reporting Judge SIRO FRANCISCO GARCIA PEREZ
Case Law No.309/2007
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Id. vLex: VLEX-29566618
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"RECURSO DE CASACIÓN. JUEZ ORDINARIO LEGALMENTE PREDETERMINADO. En el presente caso, los hechos a los que afecta al proceso ocurrieron bajo la vigencia del Código Penal de 1973. El Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado los califican como constitutivos de delitos contra la Hacienda Pública que, con arreglo a dicho Código, llevaban aparejada pena de prisión menor, la cual, a su vez, se extendía de seis meses y un día a seis años. La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuía, la competencia para el conocimiento y fallo de las causas a los Juzgados de lo Penal cuando se trataba de delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a seis años. Actualmente el delito, según el art. 305 del Código Penal de 1995, está castigado con pena de prisión de uno a cuatro años. La cuestión queda centrada en determinar qué incidencia ha de tener, respecto a la distribución de competencia funcional, la disposición transitoria undécima de la Ley Orgánica 10/1995 que establece: Cuando se hayan de aplicar Leyes penales especiales o procesales por la jurisdicción ordinaria, se entenderán sustituidas: la pena de prisión menor, por la de prisión de seis meses a tres años. La aplicación a hechos anteriores a la vigencia del Código de 1995, del Código anterior, puede venir impuesta, con arreglo a la disposición transitoria Primera de la Ley Orgánica 10/1995, por resultar el de 1973 más favorable para el reo. Si la disposición transitoria undécima se refiere a leyes procesales (aparte las penales especiales) no cabe comprender en su ámbito la sustitución de la aplicación de una norma penal sustantiva anterior. De atribuirse la competencia a los Juzgados de lo Penal, se daría la contradicción de que no podrían imponer en toda su extensión la pena prevista en el Código de 1973 para los delitos contra la Hacienda Pública. Se hace lugar al recurso para sentar la competencia de la Audiencia; lo que respeta el derecho al juez legalmente predeterminado, reconocido por el art. 24.2 CE."
Jueces
Proceso penal
Ministerio Fiscal
Delitos contra la Hacienda Pública
Ley penal
Administración de Justicia
Competencia jurisdiccional
Jueces
Case of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 309/2007, of February 21, 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Febrero de dos mil siete.En el Recurso de Casación que, ante Nos pende, interpuesto por infracción de Precepto Constitucional e infracción de Ley por el Ministerio Fiscal, contra el auto de fecha 12/6/2006, dictado por la Audiencia Provincial de Madrid., Sección Decimoquinta, en el Rollo A nº 30/2006, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 441/1999 del Juzgado de Instrucción ...
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