Appeal nº 1012/2002, Reporting Judge NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
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Id. vLex: VLEX-29567799
"PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL. INCREMENTO DE RETRIBUCIONES. Se reclama contra la sentencia estimatoria de recurso contencioso administrativo contra Acuerdo del Ayuntamiento que aprueba el Presupuesto General. Las cifras a tomar en consideración tienen que ser las figuren en el Presupuesto Municipal aprobado por el órgano municipal a quien corresponde hacerlo, esto es, por el Pleno Municipal; y el Informe del Interventor, sin ir acompañado de actos de dicho Pleno municipal que avalen las concretas cifras que indica, por sí solo carece de la eficacia o virtualidad que pretende otorgársele. El Informe del Interventor por sí solo es igualmente insuficiente para demostrar que ha habido una variación en el contenido de determinados puestos de trabajo que justificaría apreciar la excepción permitida en el apartado tres del artículo 18 de la Ley 65/1997. También aquí habría sido necesario, para que pudiera prosperar la tesis del recurso de casación sobre esta cuestión, que se hubiera indicado y aportado cual fue el concreto acuerdo municipal que dispuso esa variación, y no se ha hecho así. Se desestima el recurso de casación. "
Administración del Estado
Administración local
Recurrido
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of March 28, 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Marzo de dos mil siete.Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores arriba anotados, el recurso de casación que con el número 1012/2002 ante la misma pende de resolución, interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE NOVELDA, representado por la Procuradora doña Silvia Albite Espinosa, contra la sentencia de 22 de noviembre de 2001 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.Siendo parte recurrida la FEDERACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA UN...
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