Corte Constitucional (October 1992)
Reporting Judge: Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO
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Id. vLex: VLEX-30468641
Principio de La Doble Instancia
Demanda de Tutela
Rechazo
Case Corte Constitucional, Sentencia de Tutela Nº 550/92, of October 07, 1992
Sentencia No. T-550/92
DEMANDA DE TUTELA-Rechazo/PRINCIPIO DE LA DOBLE INSTANCIAHizo bien la Sala Penal de la Corte Suprema en rechazar la acción instaurada, para dar oportunidad al peticionario de acceder al medio de defensa en que consiste la impugnación. Lo anterior no significa que el petente perdiera la posibilidad de ejercer la acción de tutela, ni que ésta se entendiera agotada, pues la negativa de trámite tiene lugar en defensa de las garantías procesales de la persona y por tanto de ella no podría derivarse el perjuicio al derecho cuyo ejercicio se pretende asegurar. ACCION DE TUTELA-Desistimiento/PREVALENCIA DEL INTERES GENERALAsí como se reconoce el derecho a impugnar que asistía a la persona, también debe insistirse en el carácter público que adquiere el trámite de la tutela cuando se refiere a puntos que, como en el presente caso, afectan el interés general. Ese el motivo para que esta Sala halle inadmisible el desistimiento de la acción o de la impugnación correspondiente se en su decisión, como aquí ocurre, están comprometidos aspectos relacionados con el bien colectivo, pues en tales situaciones, por aplicación del principio consagrado en el artículo 1º de la Carta, debe prevalecer el interés general, ya que no están en juego exclusivamente las pretensiones individuales del actor. Pues es cierto que éste no se halla obligado a impugnar, pues como antes se dice, se trata de un derecho o prerrogativa que la Constitución le confiere, pero una vez presentada la impugnación, el juez o tribunal competente para resolver sobre ella debe poder proferir su fallo sin estar limitado por el querer individual del impugnante.LIBERTAD DE LOCOMOCION-Vulneración/ESPACIO PUBLICO-Cierre de callesTanto la actuación de autoridad no competente como la del particular que se adueña del espacio público lesionan dos derechos consagrados e...
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