Datos Personales - Nbr. 20, March 2006
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La sentencia analiza la responsabilidad de una empresa que había contratado a otra para realizar una campaña publicitaria. Esta, a su vez, había subcontratado con otra empresa la puesta en marcha de dicha campaña publicitaria, utilizando para la misma sus ficheros. Por otra parte, la sentencia desestima el recurso para la unificación de la doctrina solicitado por la parte actora al no existir contradicción alguna con otras sentencias.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 129
Constitución Española de 1978. - Artículo 25
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. - Artículo 96
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
STS relativa a la responsabilidad en un contrato de prestación de servicios para una campaña publicitaria
SENTENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPREMO.
En la Villa de Madrid, a veintiséis de abril de dos mil cinco. La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Sexta, ha visto el recurso de casación para unificación de doctrina número 217 de 2004, interpuesto por el Procurador Don XXX, en nombre y representación de Salvat Editores, SA contra la Sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha cinco de noviembre de dos mil tres, en el recurso Contencioso-Administrativo número 1.677 de 2001 y acumulado 2032 de 2001 ( JUR 2004, 53632) ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Primera, dictó Sentencia, el cinco de noviembre de dos mil tres, en el Recurso número 1.677 de 2001 y acumulado 2032 de 2001 ( JUR 2004, 53632) , en cuya parte dispositiva se establecía: «Que desestimamos el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por...
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