Revista Critica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 662, November - December 2000
María Goñi Rodríguez de Almeida
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http://vlex.com/vid/resolucion-18-1999-boe-3-2000-317358
Id. vLex: VLEX-317358
Hipoteca. Intereses. - No hay razón para entender que la cobertura de los intereses moratorios no puede exceder de la cantidad que resulte de aplicar el capital del préstamo durante tres años, al tipo de interés remuneratorio inicial (Resolución de 18 de diciembre de 1999. Boe de 3 de febrero de 2000).
En el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Luis Alvarez Fernández, en nombre del «Banco Hispano Americano, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador ...
Resolución de 18 de diciembre de 1999. Boe de 3 de febrero de 2000.
Comentario
Presentada una escritura de constitución de hipoteca, el Registrador rechaza parcialmente su inscripción por entender que la responsabilidad hipotecaria por intereses de demora excede de los límites establecidos por la Ley. El Registrador de la Propiedad entiende que la cantidad máxima por la que responde la finca hipotecada en concepto de intereses (en general) debe calcularse aplicando el tipo fijo inicial pactado para el primer año, a los cinco años que como máximo establece el artículo 114 LH, entendiendo que a los efectos de este artículo deben englobarse tanto los intereses moratorios como los de demora. Dos son, por tanto, las cuestiones que se plantean y que merecen una espec...
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