Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 821/2003/, Reporting Judge JULIAN MANUEL MORENO RETAMINO
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SANCIîN ADMINISTRATIVA. La infracci—n se considera probada despuŽs de o’r a los agentes que ratifican la denuncia de que las compradoras fueron unas menores de edad. Es l—gico que los agentes no estuvieran presentes en el mismo momento de la venta: no se habr’a efectuado la misma ante los propios agentes (lo contrario seria inveros’mil y pedir su prueba como œnica v‡lida casi un imposible). Pero lo cierto es que segœn declararon, y ratificaron, los polic’as actuantes, vieron entrar a unas chicas sin bolsas y a los pocos minutos las ven salir portando bolsas. Identificadas, resulta que son menores de edad y que llevaban bebidas alcoh—licas. Se desestima la demanda. Se desestima la apelaci—n.
Administración Local
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of July 20, 2006
Dª. María Luisa Fernández Camacho, Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia en Andalucía.CERTIFICO: Que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente:TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (SEDE DE SEVILLA)SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA.Recurso n° 821/2003SENT...
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