Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 1740/2003/, Reporting Judge EUGENIO FRIAS MARTINEZ
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Id. vLex: VLEX-31816744
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DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS. El actor interpone recurso contencioso-administrativo contra los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento sobre delegación de competencias del Pleno a la Comisión de Gobierno, del reconocimiento extrajudicial de créditos siempre que no exista dotación presupuestaria, y el desempeño de funciones delegadas con dedicación parcial del concejal. En primera instancia se entiende que corresponden al Pleno, el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones de crédito o concesión de quita y espera. Respecto de la necesidad de previa autorización para el ejercicio de funciones con dedicación parcial habrá que estar a lo dispuesto en el art. 75.2 de la Ley 7/85 de bases de Régimen Local. Respecto al haberse delegado unas funciones en un concejal para su ejercicio con dedicación parcial, se encuentran exceptuados del régimen de incompatibilidad previsto por la Ley, no pudiendo ser estimado el recurso tampoco en este punto. Se desestima la demanda.

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - Artículo 22
Administración Estatal
Case of Tribunal Superior de Justicia - Sevilla, Andalucía - Sala de lo Contencioso-Administrativo, of October 18, 2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERADª MARÍA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía, CERTIFICA: que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:Recurso ...
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