Las figuras de abandono de familia en sentido estricto (2006)
Eva Mª Domínguez Izquierdo - Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Penal de la Universidad de Jaén
Section: Sumario
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1. Delito de peligro. 2. Delito especial. 3. Ley penal en blanco. 4. Delito permanente.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 131 , 132 , 226
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 666
Características del delito
1. Delito de peligro.
La figura es comúnmente catalogada como de peligro abstracto, porque "las acciones de incumplimiento enumeradas generan una situación de desamparo que implica un status potencial de peligro"1. No se puede olvidar, sin embargo, que la total ausencia de la lesividad de la conducta, soslayando cualquier otra consideración, haría difícilmente aprehendible la lesividad del acto, tanto para la globalidad de los ciudadanos como para el eventual autor. Al margen de estas consideraciones consustanciales a la problemática que suscita la propia categoría de peligro abstracto, se hace preciso, dada la configuración típica, distinguir entre las dos conductas que el artículo 226 ha previsto. De esta forma, la modalidad del inciso primero que hace referencia al incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a determinadas instituciones civiles de protección del menor o incapaz, obedecería a la técnica de los delitos de peligro abstracto, "por cuanto el tipo no exige que a consecuencia de dicho comportamiento omisivo la víctima padezca ninguna situación de penuria"2, de modo que el tipo ven-dría a suponer un verdadero adelantamiento de la tutela penal al momento inmediatamente anterior al de puesta en real peligro de los bienes jurídicos que se pretenden proteger, aspecto que puede quedar justificado por las peculiaridades de los sujetos pasivos afectados que son personas particularmente desvalidas3 -menores o incapaces, dadas las instituciones civiles que menciona el precepto- y que por lo mismo, mantienen una relación de especial dependencia con ...
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