La respuesta del derecho penal ante los nuevos retos (2006)
Francisco Javier Sáenz De Pipaón Y Mengs - Profesor Titular de Derecho Penal. Universidad Complutense
Section: V. Problemas dogmáticos de parte especial
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I. De la ordenación del territorio y de lo urbano.- II. La reacción del estado: los delitos "relativos" o "sobre" la ordenación del territorio: 1. El llamado delito urbanístico del artículo 319 del código penal. 2. El quehacer tipificado: "llevar a cabo una construcción" o "llevar a cabo una edificación".- III. Criterios a tener en cuenta y conclusiones: 1. Perspectivas desde la naturaleza del lenguaje. 2. El principio de intervención mínima. Conclusiones.

Constitución Española de 1978. - Artículos 45 , 47
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 319 , 325
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación. de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación.
El quehacer tipificado en el llamado delito urbanístico
I. De la ordenación del territorio y de lo urbano.
Hablamos, hoy, del espacio como representación de la unidad del conjunto de todos los organismos vivientes en toda su variedad, pero también como expresión del ámbito tan plural de lo que no vive pero en el que se hace posible, sin embargo, la vida de todos. Nos referimos, pues, al mundo y en su centro, queda el hombre situado con una perspectiva de eternidad y asumiendo, para ello, la defensa de los intereses de las generaciones por llegar en un contexto de movimiento y heterogeneidad que quiere ser de coherencia y estabilidad. Y en este punto, habrá que reconocer que esa búsqueda de coherencia suscita, como primera exigencia, la defensa y conservación de aquel espacio: la naturaleza. Pero esta reflexión, aún siendo exigencia mínima, no basta. El espacio se territorializa y, en ese proceso, se convierte en suelo y el suelo entra en el mercado y deviene mercancía. Nos situamos, pues, en el centro del urbanismo y, por consiguiente, de la ciudad. Y a partir de aquí, nuestra historia se presenta llena de conflictos. Desequilibrios derivados de supuestas necesidades de seguridad y defensa, tensiones surgidas del antagonismo no resuelto entre el campo y la ciudad o el centro y la periferia o la agricultura y la industria, frustraciones engendradas en el contexto de políticas económicas, siempre fracasadas, de contrario signo, aunque invariablemente al servicio de los mismos objetivos, trastornos y perturbaciones generados por la injusticia que entraña la usurpación de lo que socialmente corresponde al colectivo y por la desigualdad en todos los aspectos que pueden apreciarse en la vida de todos. Al menos, pues, a esa totalidad y a lo que encierra e implica en sus incontables variables, aparece referida la ordenación del espacio en cualquiera de sus perspectivas, territorio, suelo, entorno y, por ende, el urbanismo, que es la forma más directa que tiene el hombre vivo para relacionarse con el suelo. Pues bien, la ordenación del territorio es expresión referida a una diversidad de concepciones. No hay una postura unánime; las conexiones económicas, sociales, políticas, urbanísticas o técnico-científicas que se dan en torno a la ordenación territorial son tan complejas que determinan la existencia de las variopintas posturas que se vienen adoptando sobre la misma. Detrás de cada concreta concepción, hay una determinada filosofía política o económica y tan es así, que como expresa la Sentencia del Tribunal Constitucional 149/1.991, de 4 de julio, es en sí misma más una política que una técnica, una política de enorme amplitud, equívoca y confusa. Esto, además de provocar la gran diversidad de posiciones existentes sobre el concepto, lo convierte en algo cambiante, es decir, sometido a constantes remisiones y mutaciones y, por todo ello, es oportuno destacar las dificultades y el confusionismo reinante, aunque, ciertamente, sólo hay que fijarse en los antecedentes del mismo para comprender que las posturas en cuanto a qué debe ser y qué debe formar parte de su contenido son tan diversas, al menos, como la multiplicidad de sus orígenes1. Con respecto al suelo y al urbanismo, nos vamos a...
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