Pablo Lucas Verdú - Catedrático de Derecho Constitucional Emérito Universidad Complutense de Madrid
Section: Sumario
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1. Significado de la capitalidad de España. 2. Análisis del precepto. 3. Legislación.
ARTÍCULO 5
La capital del Estado es la villa de Madrid.COMMENT
Constitución Española de 1978.

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley Organica 3/1983, de 25 de Febrero, de Estatuto de autonomia de la Comunidad de Madrid. de 25 de Febrero, de Estatuto de autonomia de la Comunidad de Madrid.
Articulo 5º : La capitalidad
1. Significado de la capitalidad de España. El profesor ENTRENA CUESTA 1 apunta la indiferencia que la legislación y la doctrina han mostrado, por lo general, a la capitalidad del Estado. Como es sabido, en nuestro derecho constitucional solamente puede indicarse el precedente de la Constitución de 1931, cuyo artículo 5.° decía: «La capitalidad de la República se fija en Madrid.» Al comenta...
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