Revista Critica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 536, January - February 1980
Manuel Amorós Guardiola - -
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Id. vLex: VLEX-332017
Registro de la propiedad. Deben ser tenidos en cuenta al calificar los documentos públicos oportunamente presentados, si los mismos determinan la naturaleza y status de la persona jurídica otorgante del título sometido a calificación, así como la capacidad y facultades del representante, sin ser necesaria escritura pública de rectificación en que se recojan tales circunstancias; aunque éstas sean esenciales o de interés que consten en la escritura, si no ha habido error en la comparecencia, no se ha infringido precepto reglamentario notarial alguno y los documentos aportados no originan modificación subjetiva del otorgante y sí solamente una concreción o desarrollo de los datos relativos a su status jurídico. En el caso concreto, la escritura califica a la asociación de la prensa de Madrid como institución de beneficencia particular, reconocida como tal por R. O. E inscrita en el registro del ministerio de la gobernación, cuando de los documentos presentados posteriormente resulta que dicha asociación está integrada en la federación nacional de las asociaciones de prensa de España, dentro del régimen de las organizaciones profesionales sindicales, y sometida a la legislación especial sindical.

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 3 , 18
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículo 34
Resolución de 16 de septiembre de 1977 (BOE de 11 de octubre de 1977).
Antecedentes de hecho. -El 26 de julio de 1976 la Asociación de la Prensa de Madrid otorgó escritura de compraventa con pacto de retro a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, autorizada por el Notario de la capital don Juan José Gil García, con el número 751 de su protocolo, en virtud de la cual la citada Asociación vende a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid el edificio denominado Casa de la Prensa, situado en la plaza del Callao, número 4, de esta capital, e inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de la misma, reservándose la facultad de retraer durante dos años, siendo el precio de 375 millones de pesetas, compareciendo en la escritura, en nombre de la Asociación de la Prensa, su Presidente, don Lucio del Alamo Urrutia, con poder que le fue conferido por escritura autorizada el 22 de julio de 1976 ante el mismo Notario, en la que se recogen los acuerdos en este sentido adoptados por la Asociación en la Junta general celebrada el 10 de diciembre de 1975; que en la referida escritura de compraventa se declara que la Asociación de la Prensa de Madrid es una institución reconocida como de beneficencia particular por la Real Orden de 10 de febrero de 1905, e inscrita en el Registro público correspondiente del Ministerio de la Gobernación. Con fecha 14 de octubre de 1976 se presentó en el Registro de la Propiedad número 5 de Madrid la anterior...
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