La naturaleza del Derecho agrario en el marco de una sociedad urbanizada (A propósito de las zonas verdes alrededor de las ciudades).

Revista Critica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 538, May - June 1980

Antonio Carroza - Catedrático de la Universidad de Pisa
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Summary:

1. Modos de afrontar el tema de las zonas verdes alrededor de las ciudades.-2. El objeto del derecho agrario: de la consideración de la tierra a la del territorio. El derecho agrario como derecho del territorio destinado a la agricultura.-3. La relación entre urbanismo y agricultura. Formas directas e indirectas de tutela de la producción agrícola.-4. Diálogo entre urbanismo y agricultura.-5. La naturaleza del derecho agrario en el marco de una sociedad urbanizada.-6. La nueva debilidad de la agricultura y las razones de una normativa especial.-7. La incidencia de tal normativa sobre la empresa.- 8. El porvenir de una actividad accesoria de la empresa agrícola; el agriturismo.-9. La incidencia sobre la propiedad. Perspectivas de separación del derecho de propiedad de la facultad de cultivar.

Extract:

La naturaleza del Derecho agrario en el marco de una sociedad urbanizada (A propósito de las zonas verdes alrededor de las ciudades).

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1. El tema de los espacios verdes alrededor de las ciudades puede ser abordado de varias maneras. Uno de los posibles modos, quizá el más obvio, sería aquel que explicara lo que se ha hecho o se piensa hacer en el futuro para salvar la integridad y regular la gestión de los anillos verdes, más o menos anchos, más o menos organizados, que circundan ciudades como Londres, París, Roma y la misma Berlín. El problema ha sido desde hace tiempo objeto de estudio y hay algunos trabajos interesantes que merecen ser recordados 1.

La legislación existente sobre esta materia en los diversos países ha sido igualmente objeto de estudio comparativo. Sin embargo, la comparación se hace más difícil cuando se entra en el campo del Derecho pú-blico (en el Derecho administrativo, en particular) y se abandona el del Derecho privado, que ha sido la patria del Derecho comparado 2.

Por otro lado, el poco tiempo dedicado a esta disertación comporta el peligro de una utilización absolutamente inadecuada del método comparativo, que forzosamente estaría condenado a detenerse en las primeras fases del mismo, o sea, en la fase de adquisición sumaria de conocimientos relativos a los diversos ordenamientos. Temo, pues, que si estudiáramos el tema de los espacios verdes desde este ángulo visual, nos veríamos llevados a hablar de economía del territorio, de sociología urbana y rural, de ecología, de urbanismo, d...

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