DECRETO 266/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales.

Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, December 07, 2007 (Nbr. 5024)

Disposiciones Generales - DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
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DECRETO 266/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales.

DECRETO

266/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Rurales.

El Cuerpo de Agentes Rurales fue creado por la Ley 9/1986, de 10 de noviembre, de cuerpos de funcionarios de la Generalidad de Cataluña, con las funciones de policía y guarda de bienes forestales, cinegéticos y piscícolas, de vías pecuarias y de espacios naturales protegidos, y las tareas de colaboración en las funciones específicas de este ámbito, con la voluntad de configurar una estructura administrativa que permitiera alcanzar de una manera adecuada el reto que plantea a los poderes públicos la necesidad de garantizar una adecuada protección de la naturaleza.

El antecedente más remoto de este cuerpo, dentro de nuestra propia historia, es el Servicio Forestal creado por la Mancomunitat que ejerció sus tareas hasta el año 1923.

Posteriormente, el 25 de enero de 1932, la Generalidad de Cataluña convirtió el Servicio Forestal del Patronato de la Montaña del Montseny en el Servicio Forestal de la Generalidad de Cataluña. Este nuevo servicio tenía competencia sobre todos los temas relativos .al fomento, la conservación y la mejora de la riqueza forestal dentro del territorio de Cataluña, la creación de nuevos parques naturales, la conservación de los existentes y los servicios de caza y pesca..

Igualmente, el Cuerpo de Agentes Rurales enlaza con la Guardería Forestal del Estado, traspasada por el Real decreto 1950/1980, de 31 de julio.

Ante la necesidad de profundizar en la experiencia alcanzada, en un marco de aumento de la concienciación ciudadana nacional e internacional y la de los diversos sectores con respecto a la protección del medio ambiente, y con la finalidad de dotar al Cuerpo de Agentes Rurales de una nueva regulación que configurara un régimen de vigilancia y control, de protección y prevención integrales del medio ambiente fundamentado en los principios de corresponsabilización, sostenibilidad y educación ambiental de toda la ciudadanía, se aprobó la Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales, que fija unos principios que comportan el compromiso ante la sociedad para que la actuación del Cuerpo de Agentes Rurales se lleve a cabo bajo el criterio de alcanzar el máximo grado de calidad y eficiencia en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas.

Dicha Ley dotó al Cuerpo de Agentes Rurales de una estructura administrativa y garantizó la posibilidad de la existencia de áreas de especialización y de carrera profesional. Esta regulación pretendía aplicar al Cuerpo de Agentes Rurales las nuevas tendencias en materia de función pública para conseguir un grado más elevado de profesionalización y de satisfacción de las personas que pertenecen al cuerpo en el ejercicio de sus funciones.

La disposición adicional segunda de la mencionada Ley establece que se tiene que determinar por reglamento, en el plazo de un año, la organización territorial y funcional del Cuerpo de Agentes Rurales.

Asimismo, el artículo 11.4 de dicha Ley dispone que se debe establecer por reglamento el contenido, las funciones que tiene asignadas y la organización interna de cada área de especialización en que se estructura el Cuerpo de Agentes Rurales, y también los requisitos, el procedimiento de selección, las condiciones de acceso y permanencia y la formación de los agentes aspirantes a acceder a cada área de especialización en que se estructura el Cuerpo de Agentes Rurales.

Asimismo, hay que recordar que, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único...

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