Administracion y Derecho penal (2006)
Pedro Rodríguex López - Coordinador del Área de Control y Regulación del Mercado en el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Section: Sumario
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1.- Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. 2.- Desórdenes públicos.

Constitución Española de 1978. - Artículo 1
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 3 , 231 , 232 , 237 , 263 , 382 , 550 , 551 , 552 , 553 , 554 , 555 , 556 , 557 , 558 , 559 , 560 , 561 , 633 , 634
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículos 1 , 849
Desordenes públicos
1.- Atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.
El CP ha reducido significativamente el catálogo de conductas dirigidas contra funcionarios, autoridades o agentes de la autoridad que tienen como finalidad la protección de esas categorías de sujetos por razón del cargo que desempeñan1661. En ese contexto ha tenido lugar la desaparición de los delitos de desacato como figuras autónomas, y en la misma línea, la nueva redacción del capítulo dedicado a los atentados, resistencia y desobediencia a la autoridad, experimenta una sensible reforma, para extraer de esa rúbrica aquellas conductas que más diversificaban su contenido con un efecto distorsionador, así como aquellos tipos "superagravados" para la protección de determinadas autoridades, al tiempo que se han unificado las conductas que se dirigen contra las distintas categorías de sujetos1662. En sus orígenes históricos, los delitos de atentado a la autoridad en el Estado romano formaban parte de aquellos que atacaban a la potestas, entendida como poder de imperio o el mando atribuido a los funcionarios públicos, que junto a la dignitas o decoro de los empleados públicos atacados por los delitos de injurias, eran los atributos de la maiestas o soberanía. En la actualidad, se puede concluir que el bien jurídico protegido es el buen o correcto funcionamiento de la Administración pública en orden al cumplimiento de sus fines, el cual resulta afectado por la realización de las conductas de atentados, resistencia y desobediencia a la autoridad en tanto que se oponen al ejercicio de la actividad que legalmente corresponde a los funcionarios1663. Se ha criticado por parte de la doctrina el hecho de que desapareciera el anterior Capítulo bajo el que se encuadraban estos delitos «contra el orden público» porque, de entrada, parecía delimitarse de un modo...
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