BOR. Boletín Oficial de La Rioja , December 13, 2007 (Nbr. 165)
III. Otras disposiciones y actos - Ayuntamiento de Alfaro
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Id. vLex: VLEX-34007819
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Aprobación definitiva de la Modificación de las Ordenanzas Fiscales Municipales reguladoras de varias tasas e impuestos, y que habrán de regir durante el año 2008
Adoptado por este Ayuntamiento en sesión plenaria de 11 de octubre de 2007 el acuerdo relativo a la modificación de Ordenanzas Fiscales reguladoras de los Impuestos y Tasas que han de regir en el ejercicio 2008, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del expediente efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja 141 de 23 de octubre de 2007 queda definitivamente aprobada la ordenación de los tributos que en el mismo se citan conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.En cumplimiento de los establecido en el artículo 17.4 del citado Real Decreto, a continuación se insertan los textos íntegros de las modificaciones introducidas a las ordenanzas elevados ya a definitivos a todos los efectos legales.Contra los mismos, de conformidad con el artículo 19, podrá interponerse recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.El Alcalde, Tomás Martínez LópezDña. Cristina Fauste León, Secretaria General del M.I. Ayuntamiento de Alfaro (La Rioja), Certifico: Que este M.I. Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria de fecha 11 de octubre de 2007 a la que asistieron 12 de los 13 miembros que lo integran, adoptó el siguiente acuerdo:Aprobación provisional, si procede, de la Modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de tributos para el ejercicio 2007.1º.- Aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales que han de regir en el ejercicio de 2008, conforme ha sido propuesto.2º.- Exponer al público dicho expediente durante el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.En el supuesto de que no se presentaren reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo citado, conforme a lo establecido en el artículo 17 del RDL 2/2004 de 5 de marzo Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.»Se publica a continuación el texto íntegro de las modificaciones introducidas a cada una de las Ordenanzas afectadas:Nº 1 - Tasa por expedición de documentos administrativosArtículo 7. TarifaLa Tarifa a que se refiere el Artículo anterior se aplicará por los siguientes conceptos:Certificados de cualquier naturaleza, por unidad: 2,40 eurosInformes de cualquier naturaleza (técnicos, jurídicos, urbanísticos) por unidad: 43,85...
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