Estudios sobre consumo - Nbr. 77, April 2006
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Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 534
Constitución Española de 1978. - Artículos 10 , 28 , 30 , 228
Código Civil. - Artículo 1386
Derecho Comunitario
Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas [Resúmenes de las sentencias, clasificados temáticamente 1] - Período cubierto 2: de febrero a abril de 2006 Competencia en materia de contratos celebrados por los consumidores Sentencia de 16 de marzo de 2006, "Rosmarie Kapferer", asunto c-234/04 3 El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) se pronunció en este caso sobre una petición de decisión prejudicial que tenía por objeto la interpretación del Reglamento n.º 44/2001 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil 4. En el ámbito de dicha petición, que se presentó en el marco de un litigio entre la Sra. Kapferer 5 y Schlank & Schick GmbH 6 sobre una acción que pretendía que se condenara a ésta a entregar a la primera un premio por cuanto, en un envío nominal que le dirigió la citada sociedad, ésta había dado la impresión a la Sra. Kapferer de que había obtenido un premio, se formularon las siguientes cuestiones: "1) Sobre la decisión del órgano jurisdiccional de primera instancia relativa a la competencia: a) ¿Debe interpretarse el principio de cooperación establecido en el artículo 10 CE en el sentido de que también un órgano jurisdiccional nacional está obligado, con arreglo a los requisitos expuestos en la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto Kühne & Heitz 7, a examinar de nuevo y anular una resolución judicial firme cuando se pone de manifiesto que ha vulnerado el Derecho comunitario? ¿Están supeditados el examen y la revocación de resoluciones judiciales a requisitos adicionales con respecto a los que se aplican en el caso de las resoluciones administrativas? b) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, letra a): ¿Es compatible con el principio de la plena eficacia del Derecho comunitario el plazo para la revocación de una resolución judicial contraria al Derecho comunitario establecido en el artículo 534 de la [Ley de Enjuiciamiento Civil austriaca]? c) Igualmente en caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, letra a): ¿Constituye la falta de competencia internacional (o territorial) no subsanada con arreglo al artículo 24 del Reglamento n.º 44/2001 una vulneración del Derecho comunitario que, con arreglo a los mencionados principios, puede anular la firmeza adquirida por una resolución judicial? d) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, letra c): ¿Debe un órgano jurisdiccional de apelación examinar de nuevo la cuestión de la competencia internacional (o territorial) con arreglo al Reglamento n.º 4...
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