Revista Critica de Derecho Inmobiliario - Nbr. 697, September - October 2006
Emilio Guichot Reina - Profesor titular de Derecho Administrativo Universidad de Sevilla
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Protección de datos
En este trabajo se analizan las cuestiones que plantea la aplicación de la normativa sobre protección de datos a la publicidad registral. Se exponen las claves del derecho a la protección de datos, y las conclusiones del análisis normativo, jurisprudencial y doctrinal de la publicidad registral, para llegar a una serie de conclusiones sobre cada uno de los puntos de conexión entre la normativa registral y el derecho a la protección de datos. A la luz de estas conclusiones, se lleva a cabo un análisis particular del mecanismo de acceso directo por vía telemática instaurado por las reformas de la Ley Hipotecaria de 2001 y 2005, y de los problemas jurídicos que plantea al desproveer al Registrador de la Propiedad, como responsable del fichero, de la facultad de controlar que la publicidad registral obtenida mediante acceso telemático es conforme a los principios de adecuación y finalidad que integran el contenido del derecho a la protección de datos. Al respecto, se avanzan algunas posibles soluciones jurídicas para conciliar, también en esta modalidad de acceso, la publicidad registral y el derecho a la privacidad. Data protection This paper analyses the issues raised by the application of data protection legislation to registry disclosure. It gives the keys to the right to data protection, and the conclusions of legislative, juris- prudential and doctrinal analysis of registry disclosure, and so reaches a series of conclusions about each of the connecting points between registration legislation and the right to data protection. In the light of these conclusions, a particular analysis is conducted of the mechanism for direct on-line access set in place by the 2001 and 2005 reforms of the Mortgage Act and the legal problems it poses by stripping the property registrar, as the data controller, of the power to ensure that on-line registry disclosure complies with the adequacy and purpose rules that are part and parcel of the right to data protection. Some possible legal solutions are put forward on this point for reconciling registry disclosure and the right to privacy in this mode of access as well.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 145
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 590
Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 221 , 238 , 248 , 294 , 324
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 197 , 201
Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación. de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación. - Artículo 222
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Código Civil. - Artículo 607
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículo 354
LEY 24/2001, de 31 de diciembre, de Reconocimiento del Alt Pirineu i Aran como Área Funcional de Planificación, mediante la modificación del artículo 2 de la Ley 1/1995, por la cual se aprueba el Plan Territorial General de Cataluña. de 31 de diciembre, de Reconocimiento del Alt Pirineu i Aran como Área Funcional de Planificación, mediante la modificación del artículo 2 de la Ley 1/1995, por la cual se aprueba el Plan Territorial General de Cataluña. - Artículo 107
REAL DECRETO 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
REAL DECRETO 1558/1992, de 18 de Diciembre, de Modificacion de los Reglamentos notarial e Hipotecario sobre Colaboracion entre las Notarias y los Registros de la Propiedad para la Seguridad del Trafico juridico inmobiliario. de 18 de Diciembre, de Modificacion de los Reglamentos notarial e Hipotecario sobre Colaboracion entre las Notarias y los Registros de la Propiedad para la Seguridad del Trafico juridico inmobiliario.
REAL DECRETO 1332/1994, de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal. de 20 de Junio, por el que se desarrolla determinados aspectos de la Ley organica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulacion del Tratamiento automatizado de los Datos de Caracter personal.
REAL DECRETO 2537/1994, de 29 de Diciembre, por el que se modifican determinados articulos de los Reglamentos notarial e Hipotecario sobre Colaboracion entre las Notarias y los Registros de la Propiedad para la Seguridad del Trafico juridico inmobiliario. de 29 de Diciembre, por el que se modifican determinados articulos de los Reglamentos notarial e Hipotecario sobre Colaboracion entre las Notarias y los Registros de la Propiedad para la Seguridad del Trafico juridico inmobiliario.
LEY ORGÁNICA 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
LEY ORGÁNICA 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; de la Ley 30/1992, de 26 de... de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; de la Ley 30/1992, de 26 de...
LEY ORGÁNICA 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
REAL DECRETO 1867/1998, de 4 de septiembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Hipotecario. de 4 de septiembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento Hipotecario.
LEY 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad. de 18 de noviembre, de reformas para el impulso a la productividad.
La publicidad registral a la luz de la normativa sobre protección de datos. En especial, las cuestiones jurídicas que plantea el acceso telemático al contenido de los libros del Registro
En este trabajo vamos a analizar las cuestiones que plantea la aplicación de la normativa sobre protección de datos a la publicidad registral. Para ello expondremos las claves del derecho a la protección de datos 1, y las conclusiones del análisis normativo, jurisprudencial y doctrinal de la publicidad registral 2. Con todos estos materiales, llegaremos a nuestras propias con-clusiones sobre cada uno de los puntos de conexión entre la normativa registral y el derecho a la protección de datos, para finalizar haciendo, a la luz de estas conclusiones, un análisis particular del mecanismo de acceso directo por vía telemática instaurado por las reformas de la Ley Hipotecaria de 2001 y 2005. No nos limitaremos tan sólo a un análisis de situación, sino que trataremos, además, de avanzar algunas posibles soluciones 3. 1. El sometimiento de la publicidad registral a la normativa sobre protección de datos Lo primero que ha de constatarse es que el Registro de la Propiedad contiene datos personales que son, por lo general, de carácter patrimonial (titularidad, cargas, descripción del inmueble, etc.), pero que incluyen también datos referidos strictu sensu a las personas (filiación del titular registral; domicilio; estado civil; motivos determinantes de ciertas anotaciones preventivas, situaciones de incapacidad reflejadas en el Libro de Incapacitados, etc.) 4, estando ambos géneros de datos bajo el amparo del derecho a la privacidad o a la protección de datos, en la medida en que los primeros están puestos en relación con un titular registral 5. En esta medida, el Registro de la Propiedad se encuentra plenamente integrado en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante, LOPD), que, a diferencia de su antecesora, la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal (en adelante, LORTAD), no excluye los registros públicos de su campo de actuación. Los Registros de la Propiedad son, pues, ficheros públicos sometidos al régimen que, para los mismos, diseña la LOPD que establece los principios arquitecturales del derecho, a la vez que remite la regulación de muchos de sus aspectos a lo que pueda establecer una ley sectorial, que, en este caso, es la Ley Hipotecaria y su normativa de desarrollo, que, en todo caso, deberá respetar la regulación orgánica del derecho. El responsable del fichero es el Registrador de la Propiedad que se halla a cargo de los mismos (art. 274 LH) y que, en el ejercicio de su función pública, "decide sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento" (art. 3.d LOPD), y que ejerce sulabor calificadora en materia de publicidad registral, informando y velando por el cumplimiento de las normas aplicables sobre la protección de datos personales (art. 222.6 LH). 2. Los principios de la protección de datos y su aplicación al registro de la propiedad Los principios de consentimiento, finalidad y adecuación integran el contenido del derecho a la protección de datos, y, por ende, han de tener reflejo en la normativa registral. El principio de consentimiento no resulta operativo en la publicidad registral, ya que los artículos 6 y 11 LOPD permiten excluir por ley su necesidad, y los artículos 221 y siguientes de la Ley Hipotecaria, y sus correspondientes del Reglamento, abren el Registro a todo el que tenga un interés conocido en averiguar el estado de los bienes y derechos inscritos. O dicho de otro modo, en un sistema voluntario como el español, el que consiente en la inscripción de su derecho para acogerse a la protección registral, consiente "con todas sus consecuencias", incluida la publicidad registral que es precisamente un instrumento de dicha protección, eso sí, siempre que dicha publicidad lo sea en términos constitucionalmente legítimos (para la finalidad de publicidad instrumental perseguida por quien tenga la condición de interesado y tan sólo en la medida estrictamente necesaria para ello) 6. Una de las cuestiones nucleares, materia de publicidad registral, dotada en la Ley Hipotecaria de una cierta indefinición, consiste en determinar cuál sea la finalidad a la que sirve el mecanismo de publicidad registral, tema que se encuentra indisolublemente conectado con el relativo a cuál sea el "interés legítimo" o "conocido" que habilita para su obtención. De la normativa hi- potecaria 7 y de su interpretación histórica 8, de los posicionamientos de la Dirección General de los Registros y del Notariado 9, de la jurisprudencia 10, y de la doctrina mayoritaria 11, se colige que la finalidad del Registro de la Propiedad se anuda, finalmente, a la aportación de seguridad jurídica sobre el estado de los bienes y derechos inscritos, de tal modo ...
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