Datos Personales - Nbr. 25, January 2007
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En el supuesto analizado es admisible la cesión concreta de determinados datos, debidamente individualizados y cuando se soliciten en el marco de competencias legalmente atribuidas a la dirección general cesionaria, excluyéndose la cesión o comunicación en bloque de la totalidad de los datos contenidos en los ficheros del Órgano consultante.

LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. - Artículo 11
LEY 8/1996, de 11 de Octubre, por la que se establece el Regimen juridico de las ayudas financiadas integramente por el Fondo europeo de Orientacion y Garantia agricola, seccion garantia. de 11 de Octubre, por la que se establece el Regimen juridico de las ayudas financiadas integramente por el Fondo europeo de Orientacion y Garantia agricola, seccion garantia.
Ley Organica 3/1983, de 25 de Febrero, de Estatuto de autonomia de la Comunidad de Madrid. de 25 de Febrero, de Estatuto de autonomia de la Comunidad de Madrid. - Artículo 26
REAL DECRETO 327/2003, de 14 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con el FEOGA-Garantía. de 14 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con el FEOGA-Garantía. - Artículo 1
Cesión de datos contenidos en expedientes sancionadores en materia de medio ambiente en los que figuran solicitantes de ayudas financiadas por un fondo de la Unión Europea entre direcciones generales de distintas consejerías.
La consulta, planteada por una Dirección General de una determinada Consejería de la Comunidad de Madrid, se refiere a si resulta conforme con lo dispuesto por la normativa sobre protección de datos, la comunicación a una Dirección General de otra Consejería de la misma Comunidad de los datos de carácter personal contenidos en los expedientes sancionadores en materia de medio ambiente abiertos contra solicitantes de ayudas financiadas por el FEOGA.
PRIMERO.- La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), conforma el marco jurídico de referencia en España que afecta a la protección de datos. En esta Ley se regulan los principios y fundamentos a los que deben ajustarse la recogida y tratamiento de los datos personales por cualquier Institución que precise recabar este tipo de datos para el ejercicio de su actividad. Dicha Ley se complementa, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con la Ley 8/2001, de...
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