BOE. Boletín Oficial del Estado, January 12, 2008 (Nbr. 011)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Justicia
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Id. vLex: VLEX-35304719
CHANGES
REAL DECRETO 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal.

LEY ORGÁNICA 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. de 21 de diciembre, de Universidades.
Constitución Española de 1978. - Artículos 5 , 149
Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. - Artículo 14
REAL DECRETO 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal. de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal.
Ley Organica 5/1981, de 16 de Noviembre, de Integracion de la Carrera judicial y del Secretariado de la administracion de Justicia. de 16 de Noviembre, de Integracion de la Carrera judicial y del Secretariado de la administracion de Justicia.
REAL DECRETO 1475/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia. de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia.
Real Decreto 92/2006, de 3 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal. de 3 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal.
Real Decreto 1/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal.
El régimen de nombramiento de los abogados fiscales sustitutos ha ido perfeccionándose con el transcurso del tiempo, constituyendo el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, la cobertura normativa más completa que se ha dictado hasta el momento para regular la selección, el nombramiento y las funciones de sustitución de carácter no permanente de los fiscales sustitutos del Tribunal Supremo y de los abogados fiscales sustitutos cuyos únicos requisitos, al no ser fiscales de carrera, son contar con la licenciatura en Derecho, reunir los exigidos para el ingreso en la carrera fiscal, tener su residencia habitual en la demarcación donde tenga su sede la fiscalía o adscripción permanente en la que vayan a prestar s...
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