Boletín Oficial del Estado, January 21, 2008 (Nbr. 18)
III - Otras Disposiciones - Ministerio de Cultura
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 38 , 58 , 59 , 70 , 71 , 76 , 116 , 117
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora. de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora.
LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Artículos 14 , 23 , 24 , 34 , 37
REAL DECRETO 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura. de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura.
Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - Artículos 24 , 90
Resolución de 8 de enero de 2008, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se convocan ayudas para proyectos de conservación, protección y difusión de bienes declarados Patrimonio Mundial, correspondientes al año 2008.
El Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, establece, entre las funciones de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, la adopción de medidas para la protección y defensa del patrimonio histórico español y el ejercicio de las competencias que corresponden a la Administración General del Estado para la aplicación del régimen jurídico de la protección del patrimonio histórico. Entre estas funciones se encuentran, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, garantizar la conservación del Patrimonio Histórico Español, promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de los ciudadanos a los bienes comprendidos en él, así como difundir internacionalmente el conocimiento de los bienes integrantes de este patrimonio.La Convención para la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, ratificada por España en 1982, reconoce la dimensión universal de determinados bienes que, en virtud de su valor excepcional, deben ser conservados como parte integrante de un patrimonio que pertenece a la humanidad en su conjunto. De acuerdo con ello, crea la Lista de Patrimonio Mundial como elemento de identificación de estos bienes, en cuya conservación se implica la comunidad internacional, a través de la UNESCO.En la actualidad, 40 de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial se encuentran en España. El Ministerio de Cultura es consciente de los especiales esf...
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