Appeal nº 139/2007, Reporting Judge EVA MARIA CHESA CELMA
Case Law No.334/2007
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Id. vLex: VLEX-35391372
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FALTAS. JUICIO. Se acredita la comisión por el imputado de una falta del artículo 625 1º del Código Penal. La formalización y tramitación del recurso de apelación en el juicio de faltas se ajusta en todo a la regulación establecida en los arts. 795 y 796 de la L.E.Crim para el Procedimiento Abreviado. La inobservancia de los requisitos formales precisados en el ap. 2 del art. 795 acarrea la inadmisión a trámite del mismo. En el ámbito del Juicio de faltas no es necesaria la representación y defensa técnicas, será preciso combinar las exigencias formales del art. 795 ap. 2 de la L.E.Crim con las derivadas del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. El derecho a los recursos está comprendido en aquél, por lo que en aquellos supuestos en los que por la falta natural de conocimientos jurídicos de la parte de que se trate no se satisfagan los requisitos conformadores de la formalización del recurso de apelación, deberá el Juez, con indicación de los defectos a salvar, conceder a la parte la posibilidad de salvarlos siempre que existiera tiempo procesal para ello. Se condena en primera instancia al acusado. Se rechaza el recurso de apelación.

Constitución Española de 1978. - Artículo 24
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 53 , 625
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 11
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Juicio de faltas
Condena
Juicio de faltas
Case of Audiencia Provincial - Lleida, Sección 1ª nº 334/2007, of October 19, 2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA
SECCIÓN 1Rollo Apelación faltas nº 139/2007 -Juicio de faltas núm.:303/2006Juzgado Instrucción 1 TrempS E N T E N C I A NÚM.: 334 /07 En la ciudad de Lleida, a 19 de octubre de 2007La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, constituida por mí, Eva Mª Chesa Celma Magistrada de la Secci...
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