La Notaría - Nbr. 31-32, July 2006
Ana Seisdedos Muiño - Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad del País Vasco
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Las acciones de reintegración en la Ley Concursal
1. La promulgación en 2003 de la Ley Concursal ha dado pie, como es lógico, a la elaboración de un gran número de estudios dedicados al análisis de la nueva normativa y su comparación con la regulación anterior. Éste es el marco de la presente monografía, publicada por la editorial Reus dentro de su Colección de Derecho Concursal, que dirigen los profesores CORTÉS DOMÍNGUEZ, OTERO LASTRES y ROGEL VIDE. 2. María LINACERO, Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Complutense, destaca en la Introducción de su obra cómo los "principios de unidad legal, de disciplina y de sistema" por los que ha optado la vigente Ley 22/2003, hacen necesario un tratamiento interdisciplinar del actual Derecho concursal español. En este contexto adquiere un importante protagonismo el Derecho civil, por ser muchas las categorías y construcciones jurídicas pertenecientes al mismo que se encuentran en la Ley concursal. Especial interés presentan, en este sentido, las acciones de reintegración contempladas en los artículos 71 a 73, que vienen a sustituir al tradicional y denostado instituto de la retroacción, regulado por el Ccom. de 1885. Al estudio de tales acciones, cuyo supuesto más típico y relevante aparece constituido por la llamada acción rescisoria concursal, se dedican los diez capítulos que componen esta monografía. 3. La retroacción de la quiebra, en cuanto antecedente de las actuales acciones de reintegración, es objeto de un sucinto análisis en el capítulo primero. Este mecanismo, regulado en el Ccom., presentaba una doble vertiente. Por un lado, la llamada retroacción absoluta, prevista en el artículo 878.2, en cuya virtud eran nulos los actos de dominio y administración realizados por el quebrado con posterioridad a la fecha -establecida en cada caso por el Juez...
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