Artículo 637

El nuevo derecho matrimonial (2007)

Rocío López San Luis
Section: Comentarios a los preceptos reformados por las Leyes 13/2005, de 1 de julio y 15/2005, de 8 de julio
Permanent Link: http://vlex.com/vid/362176
Id. vLex: VLEX-362176

Previous | Table of Contents | Next

Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)

Document language

Search in this document

Summary:

I. Introducción II. Análisis del párrafo primero III. Análisis del párrafo segundo

Original:

Cuando la donación hubiere sido hecha a varias personas conjuntamente, se entenderá por partes iguales; y no se dará entre ellas el derecho de acrecer, si el donante no hubiese dispuesto otra cosa....

Citations:

Extract:

Artículo 637

I. Introducción

De la lectura del precepto en su conjunto se desprende que éste formula una regla general, la de que el derecho de acrecer no procede en las donaciones que se realicen conjuntamente, salvo que se haya establecido, y una excepción legal, en el segundo apartado, la de que, si no se ha excluido el derecho de acrecer, sí procede en el supuesto de que la donación se haga conjuntamente a ambos cónyuges. Así, tanto la regla general como la excepción se encuentran sometidas a la voluntad contraria del donante, quien, en el primer caso, puede disponer que proceda tal derecho y, en el segundo, puede disponer su exclusión.

Por otra parte, el artículo establece que la donación hecha a varias personas conjuntamente se entenderá por partes iguales.

Aunque...

see the complete text now
If you are already a vLex customer, Access Here













Other documents: