Appeal nº 367/2006, Reporting Judge LUIS ADOLFO MALLO MALLO
Case Law No.144/2007
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Id. vLex: VLEX-36484134
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"ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. El siniestro que nos ocupa no puede ser calificado ni como ""accidente"" de circulación ni como ""hecho de la circulación"", pues no solamente el vehículo se encuentra detenido fuera de la vía de circulación, sino que su conductor no está a los mandos pues se ha bajado del vehículo y se dispone a realizar una labor de limpieza del remolque, tarea relacionada con la actividad industrial del vehículo y ajena a la circulación, por lo que concluimos que la electrocución constituyó un accidente laboral y no un accidente de circulación, por lo que carece de cobertura en la póliza de seguro de automóvil en la que se sustenta la reclamación. Se desestima la apelación. "

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil - Artículo 465
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 248
Accidente de circulación
Aseguradora
Accidentes de circulación
Accidentes de circulación
Cuestiones generales
Case of Audiencia Provincial - León, Sección 3ª nº 144/2007, of July 04, 2007
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEONSENTENCIA: 00144/2007AUDIENCIA PROVINCIALSECCION TERCERALEONRollo Civil nº. 367/2006Juicio ORDINARIO Nº. 687/2005Juzgado de 1ª. Instancia nº. 3 de PONFERRADA.-S E N T E N C I A Nº.144/2007 Iltmos. Sres.Dº. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.-Presidente.Dº. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ.-Magistrado.Dª. MARIA DEL PILAR ROBLES ...
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